¿Quién emite el CFDI de traslado con complemento carta porte?
El intermediario o agente de transporte, que preste servicios de logística para el traslado de los bienes y/o mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta del cliente, debe emitir una factura electrónica de tipo traslado con complemento Carta Porte cuando el traslado lo realice por medios propios.
¿Qué es un CFDI de traslado con complemento carta porte?
Es un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte. ¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?
¿Cuándo es obligatorio el complemento de carta porte?
El SAT extiende periodo de transición para emitir sin sanciones el complemento Carta Porte al 30 de septiembre de 2022. La factura electrónica con complemento Carta Porte entró en vigor el 1 de enero de 2022.
¿Dónde emitir complemento carta porte?
CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte. Este tipo de comprobante se debe emitir por la o el prestador del servicio de transporte que circulen por vía terrestre de carga por carretera, así como los que presten el servicio de: Transporte de carga general y especializada.
¿Cuál es la diferencia entre CFDI de traslado y carta porte?
La Carta Porte es un Documento que se utilizaba antes del CFDI de Traslado para documentar el transporte de mercancías, éste también tiene una validez nacional o internacional.
¿Qué debe llevar el CFDI de traslado?
Contenido de un CFDI de trasladoTipo de CFDI.Datos del transportador.Datos del remitente.Número de orden.Descripción del tipo de mercancía que se transporta.Descripción detallada de los gastos.Descripción del transporte terrestre.
¿Cómo hacer complemento carta porte en el SAT?
Una vez que se encuentran en el modo del CFDI versión 4.0 deberá seleccionar en el Menú de la “Configuración” la opción “Avanzada”. 5. En la opción de “Configuración Avanzada” es necesario marcar la opción “Carta Porte” y posteriormente guardar los cambios, y desplegara una leyenda que cita: ¡Felicidades!
¿Qué pasa si no emito el complemento carta porte?
No exhibir la representación impresa o en formato digital del CFDI con complemento Carta Porte establece una sanción que va desde $760.00 a $14,710.00 pesos.